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Ayudas para la rehabilitación de viviendas y edificios 2016

Atentos a los que hayáis iniciado obras de rehabilitación en comunidades de propietarios de viviendas porque a lo mejor podéis acogeros a las subvenciones que publica el departamento de Gobernación, Administraciones Públicas y Vivienda. Estas obras de rehabilitación incluyen los ajustes razonables en materia de accesibilidad.

¿Quién puede solicitar las ayudas?

Pueden solicitarlas las comunidades de propietarios o los propietarios de edificios de viviendas. También las administraciones públicas, los organismos y otras entidades de derecho público, propietarios de los inmuebles.

Los edificios tienen que tener como mínimo 8 viviendas, pero hay excepciones. Pueden admitirse solicitudes de edificios con menos viviendas pero que cumplan los siguientes requisitos:

  • Cuando las obras sean en concepto de mejora en accesibilidad o mejora de la calidad y sostenibilidad del edificio y se realicen simultáneamente con las obras de conservación.
  • Cuando las obras consistan en ajustes  razonables en materia de accesibilidad y/o mejora de la calidad y sostenibilidad y en el edificio vivan personas mayores de 65 años y/o con discapacidad.
  • Cuando las obras consistan en actuaciones relativas al estado de conservación de los fundamentos, la estructura y las instalaciones del edificio calificadas como importantes, graves o muy graves.

 

¿Hasta cuándo puede presentarse la solicitud?

  1. Si las obras se han iniciado antes del 27 de mayo de 2016 y consisten en:
  • trabajos de conservación de los fundamentos, estructura e instalaciones que puedan representar un riesgo para la seguridad de las personas o
  • para la realización de ajustes razonables para una adecuación efectiva en materia de accesibilidad cuando en el edificio residan personas con discapacidad y movilidad reducida, o mayores de 65 años,

el plazo de presentación se inicia el 28 de mayo de 2016 y finaliza el 30 de setiembre de 2016.

2. Cuando las obras se han iniciado a partir del 11 de abril de 2013 y no están incluidas en el punto anterior, el plazo empieza el 28 d mayo de 2016 y finaliza el 30 de junio de 2016.

 

No quedan incluídas…

Se excluyen de esta convocatoria las solicitudes para actuaciones de rehabilitación de edificios de uso residencial de la ciudad de Barcelona y del área Metropolitana de Barcelona, ya que se rigen por las bases de respectivos Consorcios de Vivienda.

Para cualquier duda podéis consultar el documento PDF adjunto o llamar a GrupMifas: 

Trabajadoras Sociales del Grup MIFAS
Elena Gonzalez y Raquel Matés
972 41 40 41

 

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