Ya está abierta la convocatoria de las ayudas PUA 2016 que el Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias de la Generalitat de Cataluña otorga a las personas con discapacidad.
Este programa tiene como objetivo facilitar las ayudas económicas necesarias para el desarrollo de la autonomía personal de las personas con algún tipo de discapacidad física, psíquica o sensorial.
Las personas que se pueden beneficiar de estas ayudas tienen que tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% y que cumplan las condiciones o requisitos establecidos. También pueden ser beneficiarias aquellas personas con una pensión de la Seguridad Social de incapacidad permanente en el grado total absoluta o gran invalidez.
Atención porqué el plazo para solicitar las ayudas finaliza el 17de agosto de 2016.
¿Qué tipo de ayudas técnicas podrían acogerse a las subvenciones PUA?
Ayudas para la movilidad y el transporte: en personas con grado de discapacidad igual o superior al 33%, con baremo de movilidad reducida.
- Obtención o reconversión del permiso de conducir
- Adaptación de vehículo
- Ayudas para el transporte para asistir a determinados servicios y en los que se tengan que cubrir los gastos derivados de la utilización del transporte público.
Ayudas para la autonomía personal y la comunicación
- Personas con discapacidad visual: lupa tv, lupa con luz, gafas o lentes de contacto, medidor de glucemia con voz, filtros…
- Personas con discapacidad auditiva: audiófonos, amplificador de sonido ambiental, auricular, amplificador por TV y radio…
- Personas con discapacidad física: sillas para subir y bajar escaleras (dos personas), rampas manuales portátiles, aparatos salvaescaleras, automatismos, elevador váter, cama articulada, carro elevador de cama, asiento giratorio y elevador de bañera, silla de ducha y WC, grúa estándar…
Criterios de valoración
- El porcentaje del importe máximo de la prestación estará condicionado en función de los ingresos económicos de la persona con discapacidad, así como de sus condiciones sociales.
- La situación familiar o convivencia y los ingresos económicos de la unidad familiar o de convivencia, únicamente se tendrán en cuenta en el supuesto que tengan a cargo de la persona beneficiaria (consultar bases).
- La aprobación o denegación de las ayudas es competencia del Departamento de Bienestar Social y Família de la Generalitat de Cataluña.
Fuente: Grup Mifas